Recordamos, a través de este comunicado, que a lo largo de 2025 deben renovarse las autorizaciones de transportes de mercancías (servicio público, MDP, MDL y OT). La solicitud del visado debe realizarse según se indica este cuadro:

 

  • CIF/NIF que termine en 1: enero (vigencia de las autorizaciones hasta el 29/02/2025).
  • CIF/NIF que termine en 2: febrero (vigencia de las autorizaciones hasta el 31/03/2025).
  • CIF/NIF que termine en 3: marzo (vigencia de las autorizaciones hasta el 30/04/2025).
  • CIF/NIF que termine en 4: abril (vigencia de las autorizaciones hasta el 31/05/2025).
  • CIF/NIF que termine en 5: mayo (vigencia de las autorizaciones hasta el 30/06/2025).
  • CIF/NIF que termine en 6: junio (vigencia de las autorizaciones hasta el 31/07/2025).
  • CIF/NIF que termine en 7: julio (vigencia de las autorizaciones hasta el 30/09/2025).
  • CIF/NIF que termine en 8: septiembre (vigencia de las autorizaciones hasta el 31/10/2025).
  • CIF/NIF que termine en 9: octubre (vigencia de las autorizaciones hasta el 30/11/2025).
  • CIF/NIF que termine en 0: noviembre (vigencia de las autorizaciones hasta el 31/01/2026).

 

Desde Asetra les indicaremos los documentos necesarios para realizar este trámite.