La Subdirección General de Gestión de la Movilidad y Tecnología de la DGT, en respuesta a las preguntas planteadas por el Comité Nacional del Transporte por Carretera respecto al uso de la señal V-16 en los vehículos pesados, ha emitido una Instrucción (cuyo texto íntegro pueden descargar en este enlace), en los siguientes términos. Recordamos que esta señal será obligatoria a partir del 1 de enero de 2026.

¿En dónde consideran ustedes que debe colocarse la nueva señal V-16 en los camiones dotados de una carrocería que sobresale por encima de la cabina, ya sean rígidos, articulados o EMS de todo tipo cuando queden inmovilizados de día en zonas de baja visibilidad? 

En caso de que el conductor no pueda abandonar el vehículo deberá colocar la baliza en la parte accesible exterior más alta de la cabina, si por altura no es posible acceder a esta zona, se podrá fijar sobre la puerta de conductor o parte lateral del vehículo. 

En el caso de caída de mercancía a la carretera ¿en dónde consideran ustedes que se debe de ubicar la nueva señal V16? ¿en el vehículo, teniendo en cuenta lo planteado en la respuesta anterior? ¿en la propia mercancía caída, teniendo en cuenta que puede tratarse de mercancía que no cuente con superficies metálicas en dónde adherir la baliza? ¿en la calzada? 

En todo caso en el vehículo por lo ya referido en la respuesta a la pregunta anterior.  Se debe tener en cuenta que el haz luminoso debe alcanzar una distancia de mil metros, lo que permite a los demás conductores tomar las medidas oportunas y en el caso de que no sea visible físicamente, lo será con carácter virtual. 

¿Debe bajarse el conductor del vehículo para colocar la baliza? 

En el caso de accidente o avería, como norma general, si el vehículo está inmovilizado sin posibilidad de reemprender la marcha, los ocupantes deberán abandonar el vehículo, siempre que exista un lugar seguro fuera de la plataforma de circulación y, en todo caso, deberán salir del vehículo por el lado contrario al flujo de tráfico sin transitar o permanecer en los carriles o arcenes que conforman dicha plataforma. Si las condiciones de circulación no permitieran a los ocupantes abandonar el vehículo con seguridad, permanecerán en el habitáculo con el cinturón abrochado. 

Corresponderá al conductor valorar si es posible abandonar o no el vehículo en condiciones de seguridad. 

Dado que nuestros vehículos realizan transporte internacional ¿la nueva señal V-16 es reconocida, al menos en el ámbito de la UE, como elemento de preseñalización de peligro para el caso de una inmovilización por emergencia o caída de la carga a la carretera? 

Los vehículos matriculados en España en situación de “circulación internacional” por otro país firmante de cualquiera de los convenios vigentes, estará cumpliendo la normativa utilizando el nuevo dispositivo de preseñalización de peligro V-16 luminoso y conectado, sin necesidad estar dotado de los triángulos de preseñalización.

Para más información pueden leer en este enlace el Asetra Informa 17-2025, del 27 de enero de 2025, o también la noticia que publicamos en la página web de la asociación.