El BOE de 29 de julio ha publicado la Resolucio?n de 28 de julio de 2020, de la Secretari?a de Estado de Economi?a y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de julio de 2020, que establece los te?rminos y condiciones del primer tramo de la li?nea de avales a financiacio?n concedida a empresas y auto?nomos con la finalidad principal de financiar inversiones.

El Real Decreto-ley 25/2020, de medidas urgentes para la reactivacio?n econo?mica y el empleo, aprobó una nueva li?nea de avales para apoyar la financiacio?n de inversiones, por un importe total de 40.000 €, que se canalizari?a a trave?s del ICO. La presente Resolucio?n da a conocer que se activa el primer tramo de dicha li?nea de avales, por importe de 8.000 millones de euros, que se distribuira?n de la siguiente forma:

  • Hasta 5.000 millones de €, para auto?nomos y pymes.
  • Hasta 3.000 millones de €, para empresas que no reu?nan la condicio?n de PYME.

La li?nea esta? dirigida a dar cobertura a la financiacio?n otorgada por las entidades financieras a empresas y auto?nomos, para los gastos corrientes y de capital relacionados con nuevas inversiones o con la mejora del proceso productivo. Tambie?n podra? cubrir necesidades de financiacio?n derivadas del pago de salarios, facturas o vencimiento de obligaciones financieras o tributarias, entre otras.

La cobertura ma?xima sera? la siguiente:

  • Para auto?nomos y pymes: 80%.
  • Para el resto de empresas: 70%
  • El plazo ma?ximo de cobertura del aval sera? de hasta ocho an?os.

En el anexo I de la presente Resolucio?n, se detallan las condiciones y requisitos de las operaciones. Los avales podra?n solicitarse hasta el 1 de diciembre de 2020.

13/08/2020