En el Asetra Informa 31-2017, del 21 de abril, advertíamos de la próxima entrada en vigor, en Alemania, de la prohibición a los conductores de transporte internacional de realizar el descanso semanal normal, de 45 horas, en el interior de la cabina. Ahora ampliamos la información, ya que CETM nos acaba de comunicar que ya se ha publicado en el boletín oficial alemán la ley que prohíbe el descanso semanal en cabina. Importante: la ley entra en vigor a partir de hoy 25 de mayo.
El Gobierno alemán ha justificado esta medida al entender que realizar el descanso semanal normal a bordo de la cabina del camión, podía ser considerado como condiciones sociales indignas contrarias a las reglas sociales europeas. Además esta nueva ley también se ha aprobado para luchar contra el ‘dumping social’ y contra la competencia desleal en el transporte extranjero de mercancías por carretera.
En el caso en que un conductor sea encontrado tomando su descanso semanal normal en cabina, o en otro lugar que no esté dotado con los «oportunos aparejos para el descanso», se traducirá en el hecho de que el descanso no es reconocido como un «descanso semanal regular» a todos los efectos.
Estas son las sanciones pecuniarias:
- Para el conductor: la sanción pecuniaria asciende a 60,00 euros por cada hora de fallido descanso regular, con un máximo de 2.700,00 euros.
- Para la empresa de transporte: está prevista una sanción de 180,00 euros por cada hora de fallido descanso regular, con el máximo de 8.100,00 euros porque no ha organizado el trabajo de tal manera que se respeten las prescripciones.
Recomendamos que adopten las medidas pertinentes para evitar las sanciones. En este enlace pueden encontrar la única versión disponible por el momento (en alemán).
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