Este sábado 16 de mayo, se ha publicado en el BOE la Orden SND/413/2020, de 15 de mayo, por la que se establecen medidas especiales para la inspección técnica de vehículos, ampliándoles la validez de los certificados de ITV cuya próxima fecha de inspección se encuentra comprendida en el periodo de vigencia del estado de alarma, a 15 días naturales más por cada semana transcurrida desde el inicio de del estado de alarma hasta que se hubiera producido el vencimiento del certificado.

La ampliación queda de este modo:

  • Semana 1 (14 al 20 de marzo): 30 días desde que se acabe el estado de alarma, más 15 días adicionales.
  • Semana 2 (21 al 27 de marzo): 30 días desde que se acabe el estado de alarma, más dos periodos de 15 días adicionales.
  • Semana 3 (28 de marzo a 3 de abril): 30 días desde que se acabe el estado de alarma, más tres periodos de 15 días adicionales.
  • Semana n: 30 días desde que se acabe el estado de alarma, más n periodos de 15 días adicionales.

Según indica el BOE, los anteriores periodos no se aplican a la validez de los certificados ITV de los vehículos agrícolas destinados a labores del campo, cuya validez será prorrogada hasta el 10 de noviembre de 2020.

En cuanto a la cumplimentación de las tarjetas ITV y los certificados de inspección técnica, se tomará como referencia la validez que conste en la tarjeta y no computará la prorroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma y sus prórrogas.

18/05/2020