El Boletín Oficial del Estado del 17 de julio de 2023 ha publicado la Orden HFP/792/2023, de 12 de julio, por la que se revisa la cuantía de las dietas y asignaciones para gastos de locomoción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

 

Se ha modificado el artículo 9.A.2 del Reglamento del IRPF, cambiando la cuantía de 0,19 €/km por 0,26 €/km. Esta nueva cantidad por los kilómetros del desplazamiento realizado será la cuantía que se exceptúa de gravamen de IRPF de las cantidades que la empresa paga al trabajador para compensar los gastos de locomoción, cuando el trabajador debe desplazarse fuera de su lugar de trabajo habitual para realizar su labor en un lugar distinto. Esto afecta a todo aquella empresa o autónomo que cuente con trabajadores a su cuenta.

 

De la misma manera se modifica el artículo 9.B.1 del Reglamento del IRPF, cambiando la cuantía de 0,19 €/km por 0,26 €/km. Esto afecta a los autónomos que sus gastos de locomoción y manutención no les sean resarcidos específicamente por las empresas a quienes presten sus servicios, podrán minorar sus ingresos, para la determinación de sus rendimientos netos.