La Audiencia Provincial de Madrid, ha desestimado el recurso presentado por CONFEBUS contra la sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid que desestimaba la demanda inicial interpuesta contra BlaBlaCar por competencia desleal.

En su fallo, la Audiencia entiende que la plataforma solamente pone en contacto a personas que buscan compartir gastos de viaje, para lo cual se hace valer de Internet. Según la sentencia, la plataforma no controla los aspectos esenciales de la actividad que los usuarios desarrollan a partir de ella y señala que los elementos auxiliares que ahí se ofrecen (seguros de viaje, puntos de encuentro y paradas o acuerdo con Repsol) solamente sirven para hacer más atractiva la plataforma y captar más usuarios.

Para CONFEBUS es, sin duda, un contratiempo, pero no va a desanimar en el objetivo de conseguir que se cree un marco normativo justo y equitativo en el que todos los actores que operan en las carreteras trasladando a las personas, tengan los mismos derechos, obligaciones, garantías y oportunidades.

Es importante que la sociedad comprenda que el sector no está en contra de la transformación digital ni del cambio, muy al contrario, se está trabajando desde hace años para incorporar a las flotas de autobuses las nuevas tecnologías, mejorando el servicio y la experiencia de los usuarios. La competencia es muy sana y necesaria, y motiva a mejorar, por ello, se dará la bienvenida a nuevos actores al sector, siempre que lo hagan dentro de un marco regulatorio igual para todos y no ejerzan una competencia desleal como está ocurriendo actualmente.

05/03/2019