La Dirección General de Transporte Terrestre y la Subdirección General de Inspección de Transporte Terrestre han presentado su Plan de Inspección al Transporte por Carretera, cuya finalidad es garantizar el cumplimiento de las normas ordenadoras del sector, y establecer las medidas de control, de lucha contra la economía sumergida y contra la competencia desleal en el sector.
Este plan está dirigido a las empresas de transporte, a las empresas cargadoras, a las empresas de actividades auxiliares de transporte y a los usuarios cuya actuación es determinante para el desarrollo de la actividad de transporte. En su elaboración colaboran las Comunidades Autónomas, las fuerzas de vigilancia y seguridad en las vías públicas, y el Comité Nacional de Transporte por Carretera.
En este enlace se pude descargar el texto íntegro de ese plan, en este otro enlace la presentación específica para el transporte de mercancías, y en este la presentación del transporte de viajeros.
Sus objetivos son:
- Cumplimiento de las condiciones que han de seguirse en el ejercicio de la profesión
- Control de al menos el 25 de las empresas obligadas a cumplir el requisito de competencia profesional.
- Empresas con una mayor tendencia infractora LOTT y Reglamento UE 1071.
- Apreciación de la pérdida de la honorabilidad (Art 143 5 de la LOTT).
- Control del cumplimiento legal del cabotaje (Reglamento UE 1072 2009 sobre todo ante la deslocalización de las empresas.
- Control de Cooperativas de trabajo asociado y su posible uso fraudulento.
- Control del posible fraude en los servicios ofertados por plataformas.
La actividad inspectora se dirigirá:
- Operaciones con origen o destino en grandes centros generadores o destinatarios de cargas, plataformas logísticas y las zonas de carga de los puertos marítimos, polígonos industriales.
- Empresas transportistas, operadores, usuarias y cargadoras.
- Control en carretera por las fuerzas de vigilancia del transporte en carretera.
- Actuaciones de empresas que se ofertan on-line realizando una actividad empresarial sin autorización correspondiente.
- Las establecidas en los Planes específicos de las Comunidades Autónomas.
Las nuevas tecnologías a utilizar son:
- Utilización de tablets en control en carretera.
- Procedimiento de inspección y sanción por vía telemática.
- Implantación del pago con tarjeta en controles en carretera.
- Relaciones telemáticas entre Administraciones públicas como la conexión con las bases de la Tesorería de la Seguridad Social para facilitar las inspecciones.
- Registro de comunicación de los servicios contratados VTC.
- Sistema de control biométrico en cursos CAP.
- Elementos para el control en carretera de documentos de control telemáticos.
- Nueva funcionalidad telemática para el control en carretera del transporte de mercancías peligrosas.
- Implantación de una aplicación única de tramitación del procedimiento sancionador
Actuaciones generales que se van a llevar a cabo:
- Control sobre la realización de servicios de transporte público al amparo de la correspondiente autorización.
- Cooperativas de trabajo asociado.
- Inspección a empresas sobre el cumplimiento de la capacitación profesional.
- Control de tiempos de conducción y descanso.
- Manipulaciones del tacógrafo y del limitador de velocidad.
- Conductores de terceros países.
- Control sobre servicios de transporte público ofertados en distintos medios entre ellos las plataformas digitales.
- Excesos de peso.
- Control sobre el transporte de mercancías peligrosas.
- Transporte realizado por no residentes.
- Transporte escolar y de menores.
- Registro de la comunicación de los servicios contratados-VTC.
- Control del cumplimiento de las condiciones esenciales de las concesiones en los servicios regulares de viajeros.
16/12/2020
Síguenos en las redes