El Boletín Oficial del Estado de hoy, sábado 21 de marzo, ha publicado Orden TMA/264/2020, de 20 de marzo, por la que se modifica la Orden TMA/259/2020, de 19 de marzo, que dictaba instrucciones sobre transporte por carretera.
Se modifica el artículo 1 de la Orden TMA/259/2020, eliminándose la referencia que se hacía al transporte público de mercancías y lo deja como transporte de mercancías. Queda redactado del siguiente modo:
«Artículo 1. Número máximo de personas en cabina en los transportes de mercancías por carretera.
- En los transportes de mercancías por carretera estará permitido que vayan dos personas en la cabina del vehículo, cuando sea necesario por razón del tipo de transporte a realizar.
- En todo caso, tendrán que observarse las medidas e instrucciones de protección indicadas por el Ministerio de Sanidad tendentes a evitar el contagio del COVID-19».
23/03/2020
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