La DGT ha redactado un proyecto de modificación parcial del Reglamento General de Conductores. El pasado mes de mayo se publicó la Directiva europea 2018/645, que modificaba cuestiones relativas a la formación obligatoria de los conductores profesionales (que necesitan la formación CAP) y clarificaba las edades mínimas para obtener el permiso de conducir camiones y autobuses, ante la discordancia que hay entre los distintos países sobre la edad mínima establecida que se requiere para conducir este tipo de vehículos.

El cambio de edad mínima que se exige a los conductores profesionales obliga a modificar el Reglamento General de Conductores para adecuarlo a la nueva regulación europea. Pese a que la Directiva establecía un plazo mínimo de adaptación hasta dos años, la Dirección General de Tráfico ha iniciado la tramitación del proyecto normativo para su próxima aprobación.

España ajustará las edades mínimas exigidas para la conducción de camiones y autobuses a las establecidas desde hace años en casi todos los países de la Unión Europea. Esto supone una respuesta a una demanda histórica de las asociaciones de transporte, lo que colocaba a nuestro país en una situación de desventaja frente a otros países en cuanto al acceso de nuevos profesionales al sector del transporte.

El proyecto de modificación del Reglamento General de Conductores equipara las edades mínimas para obtener las distintas clases de permisos de conducción con las establecidas para la obtención del certificado CAP correspondiente. Según se describe en la norma, «los titulares del certificado de aptitud profesional (CAP) podrán obtener los permisos de las clases C, C+E, D1, D1+E y D+E a las edades establecidas en la normativa reguladora de la cualificación inicial de los conductores de vehículos destinados al transporte de mercancías».

Una vez que esté aprobado en España el nuevo Reglamento General de Conductores, las edades mínimas para la obtención de permisos de conducción para camiones y autobuses quedarán así:

Edad mínima para las categorías C1 y C1+E 18 años
Edad mínima para las categorías C y C+E 18 años (siempre que se haya realizado el CAP inicial ordinario -280 horas-; en caso de realizar el CAP inicial acelerado -140 horas-, la edad mínima será de 21 años)
Edad mínima para las categorías D1 y D1+E 18 años (siempre que se haya realizado el CAP inicial ordinario -280 horas-; en caso de realizar el CAP inicial acelerado -140 horas-, la edad mínima será de 21 años)
Edad mínima para las categorías D y D+E 18 o 21 años (siempre que se haya realizado el CAP inicial ordinario -280 horas- la edad mínima será de 18 años para transportes regulares inferiores a 50 kilómetros por trayecto y de 21 años para el resto de transporte de viajeros; en caso de realizar el CAP inicial acelerado -140 horas-, la edad mínima será de 21 años para transportes regulares inferiores a 50 kilómetros de trayecto y de 23 años para el resto de transporte de viajeros)

El proyecto de Reglamento General de Conductores establece que el permiso de la clase B habilitará para conducir vehículos de transporte de mayor tonelaje al actualmente establecido, siempre que estén movidos por combustibles alternativos. En este caso, se permitirá aumentar la masa máxima autorizada a 3.500 kilos pero sin que supere los 4.250 kilos, y siempre que no se incremente la capacidad de carga respecto al mismo vehículo con motor convencional. Para ello, el titular del permiso B deberá haberlo obtenido, al menos, dos años antes de conducir este tipo de vehículos.

30/11/2018