Para mejorar la seguridad vial y las condiciones de trabajo de los conductores que prestan servicios discrecionales de autobuses en Europa, el Consejo adoptó el pasado viernes, 12 de abril, una revisión de las normas de 2006 sobre tiempos de conducción y períodos de descanso en el sector del transporte discrecional de viajeros.
Con la revisión de la legislación se introducen modificaciones específicas en el Reglamento CE nº 561/2006 para a introducir una mayor flexibilidad bien definida, a modo de excepción y a discreción del conductor, en las disposiciones sobre pausas y períodos de descanso para los conductores profesionales que realizan transporte discrecional de pasajeros, como autobuses turísticos.
Por tanto, la norma revisada tiene como objetivo adaptar mejor este sector a su ritmo específico de trabajo y garantizar un mejor servicio a los pasajeros. Sin embargo, no modifica en modo alguno los tiempos máximos de conducción, ni los periodos mínimos de descanso de los conductores profesionales en cuestión.
Esta nueva legislación, específica para el transporte discrecional en autobús, permitirá aplazar el periodo de descanso semanal hasta doce días consecutivos tras un periodo de descanso semanal normal previo en servicios discrecionales, tanto internacionales como nacionales.
Igualmente, permitirá posponer el descanso diario una hora para viajes superiores a seis días, facilitando así que los conductores puedan tomar una vez el período de descanso diario dentro de un máximo de veinticinco horas después de finalizar el período de descanso diario o semanal anterior, y siempre que el tiempo total de conducción acumulado para ese día no haya superado las siete horas. Esta excepción se podrá utilizar dos veces si el viaje dura más de ocho días.
Además, la norma permitirá flexibilidad para dividir el descanso de 45 minutos, permitiendo dos descansos de al menos 15 minutos cada uno distribuidas a lo largo del período de conducción de 4,5 horas. Para controlar la aplicación, se introducirá una hoja de ruta digital y la Comisión Europea propondrá (en el plazo de 18 meses desde la entrada en vigor) modificaciones del Reglamento 165/2014 para distinguir en el tacógrafo entre transporte de viajeros discrecional y regular.
Próximos pasos
Tras la adopción del pasado viernes, el texto del reglamento revisado se publicará en el Diario Oficial de la UE en las próximas semanas y entrará en vigor 20 días después de esta publicación. Daremos cuenta de ello.
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