El Ministerio de Fomento ha presentado las líneas maestras de su Plan Nacional de Inspección de Transporte por Carretera para 2019. El departamento que preside José Luis Ábalos prevé continuar la inspección de las empresas de transporte extranjeras que operan en España, en especial, las empresas buzón.

Se da así cumplimiento a la Directiva europea 22/2006 sobre la aplicación de la legislación social relativa a las actividades de transporte de mercancías por carretera, que obliga a los Estados miembros a hacer controles dirigidos a las empresas clasificadas como «de mayor riesgo«. La actuación inspectora lleva desarrollándose desde el año 2016, en colaboración con los cuerpos de inspección de otras Administraciones Públicas, aunque está previsto que se intensifique en 2019 en colaboración con la Inspección de Trabajo, controlando tanto en carretera (vehículos pesados y ligeros) como a las empresas cargadoras, comprobando el cumplimiento de la normativa social y el cabotaje.

OBJETIVOS DEL PLAN DE INSPECCIÓN

  • Cumplimiento de las condiciones que han de seguirse en el ejercicio de la profesión.
  • Empresas con una mayor tendencia LOTTyReglamentoUE1071.
  • Apreciación de la pérdida de la honorabilidad (Art.143.5delaLOTT).
  • Control del cumplimiento legal del cabotaje (Reglamento UE1072/2009) sobre todo ante la deslocalización de las
  • Control de Cooperativas de trabajo asociado y su posible uso
  • Control del posible fraude del consumo
  • Control del cumplimiento normativo de empresas

La actividad inspectora se dirigirá a:

  • Operaciones con origen o destino en grandes centros generadores o destinatarios de cargas: Plataformas logísticas y las zonas de carga de los puertos marítimos.
  • Empresas: transportistas, operadores, usuarias y
  • Control en carretera por las fuerzas de vigilancia del transporte en
  • Actuaciones de empresas que se ofertan on-line realizando una actividad empresarial sin autorización
  • Las establecidas en los Planes específicos de las Comunidades Autónomas.
  • Una mayor colaboración con inspecciones de otros

NUEVAS TECNOLOGÍAS

  • Utilización de tablets en control en carretera.
  • Implantación del procedimiento de inspección y el sancionador por vía telemática.
  • Implantación del pago con tarjeta en controles en carretera.
  • Relaciones telemáticas entre Administraciones públicas como la conexión con las bases de la Tesorería de la Seguridad Social para facilitar las inspecciones.
  • Comunicación de los servicios contratados-VTC.
  • Sistema de control biométrico en cursos CAP.
  • Elementos para el control en carretera de documentos de control telemáticos.

ACTUACIONES GENERALES

  • Control sobre la realización de servicios de transporte público al amparo de la correspondiente autorización.
  • Controles en carretera e inspecciones de empresa.
  • Control de la realización de transporte público de mercancías al amparo de autorizaciones de transporte privado-complementario.
  • Mayor fraude en cortos recorridos y vehículos de menos de 3,5 Tn.
  • Se realizarán inspecciones a cargadores.
  • Control sobre empresas de transporte de mercancías que no han efectuado el visado de sus autorizaciones.

CONTROL DE LOS TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO

  • Cumplimiento de la Directiva 22/2006.
  • Control mínimo de 2.961.644 jornadas.
  • En empresas 1.480.822 jornadas.
  • Control en carretera 888.493 jornadas.
  • Se prioriza a las empresas:
  • Más infractoras.
  • De las que se hayan recibido denuncias.
  • Que se les haya detectado manipulación.

Se comprobará:

  • Si los conductores están de alta en la Seguridad Social.
  • Si el contrato concuerda con su actividad.
  • Se comprobará la validez de las tarjetas de tacógrafo.

Se dará traslado a la Inspección de Trabajo:

  • Exceso de infracciones.
  • Infracciones muy graves.
  • Conductores no dados de alta o no adecuadamente.
  • Manipulaciones.

Manipulaciones del tacógrafo y del limitador de velocidad:

  • Se detecta en carretera.
  • Inspección exhaustiva a empresas de las que se tenga informe manipulación.

CONTROL SOBRE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO OFERTADOS EN DISTINTOS MEDIOS, ENTRE ELLOS LAS PLATAFORMAS DIGITALES

  • Detectar aquellos servicios que bajo la forma de un transporte colaborativo están encubriendo una actividad empresarial.
  • Tipos de servicio.
  • Vehículos turismos particulares.
  • Servicios de mercancías.

CONDUCTORES

  • Cualificación inicial y formación continúa.
  • Inspección en carretera.
  • Inspección del desarrollo de los cursos.
  • Control de los conductores de terceros países.

Actuaciones:

  • Comprobación de que los conductores de terceros países con certificado siguen de alta en la empresa con cruce de bases de datos de la Seguridad Social.
  • En carretera.
  • Al hacer inspecciones a empresas por conducción y descanso de sus conductores.

ACTUACIONES EN EL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS

Excesos de peso.

Control sobre el transporte de mercancías peligrosas.

Transporte realizado por no residentes (fenómeno basado en la deslocalización de las empresas genera competencia desleal dumping social a empresas buzón).

Coordinación con la Inspección de Trabajo (Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social); y la Agencia Tributaria.

Se realizará:

  • Control en carretera de vehículos pesados y vehículos ligeros.
  • Inspección de empresas de transporte.
  • Inspección a empresas cargadoras.

Se comprobará:

  • Posesión de la documentación pertinente.
  • Cumplimiento de la normativa social Reglamento CE 561/2006.
  • Cumplimiento de las reglas de cabotaje con un transporte internacional previo

Cooperativas de trabajo asociado:

  • Comprobar caso de socios que tributan en módulos y facturan a la cooperativa a detección de las falsas cooperativas.

Traslado a:

  • Inspección de Trabajo.
  • Inspección de Hacienda.

ACTUACIONES EN EL TRANSPORTE DE VIAJEROS

Control del cumplimiento de las condiciones esenciales de las concesiones en los servicios regulares de viajeros.

  • Cumplimiento contratos:
  • Tarifas.
  • Prohibiciones tráfico.
  • Servicios.
  • Transbordos injustificados.
  • Códigos compartidos.
  • Control de transporte de escolares y de menores.
  • Control prioritario que se realiza en coordinación con la Dirección General de Tráfico.
  • Cumplimiento de condiciones del contrato y del Reglamento 443/2001.
  • Necesidad de campañas de concienciación a los centros al detectarse acompañantes sin conocimientos mínimos.

Control del transporte realizado en vehículos de alquiler con conductor.

  • Constatación del cumplimiento de los requisitos del ejercicio de la actividad.
  • Control de la habitualidad.
  • Coordinación de las Administraciones implicadas.

SEGUIMIENTO Y RESULTADOS DEL PLAN DE INSPECCIÓN

Antes de finalizar el primer trimestre del año 2019 las Comunidades Autónomas enviarán a la Subdirección General de Inspección de Transporte Terrestre los resultados de la actuación inspectora a efectos de que por esta Subdirección General se elaboren los datos estadísticos generales resultantes de la ejecución del Plan Nacional de Inspección del año 2018.

Quien quiera leer el Plan íntegro puede hacerlo pinchando en este enlace.

13/12/2018