Ya hemos informado en cuatro comunicados (ver Asetra Informa 39, 40, 42, y 43-2016), la exigencia que nuestros queridos vecinos franceses van a aplicar (salvo un cambio de última hora), a partir de mañana 1 de julio de 2016, relativo, repetimos una vez más, a la necesaria acreditación, por parte de los conductores de otros países, de que cobran al menos el salario mínimo establecido en Francia.
Como no dejamos de recibir información a diario, hemos preparado otra circular más sobre este particular (y redactaremos cuantas sean precisas), con lo que ya son cinco los Asetra Informa que hemos dedicado a este asunto, que nos trae a todos de cabeza durante los últimos días.
MODELO DE CERTIFICADO DE DESPLAZAMIENTO
El martes 29 de junio (como saben festivo en Segovia capital, lo que seguro que no conocían las autoridades francesas) se publicó el modelo oficial de certificado de desplazamiento, del que vamos a dar cuenta en las siguientes líneas.
Se han publicado en este enlace http://www.developpement-durable.gouv.fr/Formalites-declaratives,47857.html, los formularios oficiales de CERTIFICADO DE DESPLAZAMIENTO, que podrán ser confeccionados, e impresos, para llevar a bordo del vehículo. También se les pueden descargar desde este mismo comunicado pinchando en los enlaces que se indican, o accediendo a nuestra web, www.asetrasegovia.es, buscando en el menú principal ‘descargas’ y eligiendo ‘salario mínimo en Francia’.
Modelo Cerfa nº 15553*01 (modelo 1), descargar aquí.
Attestation de détachement (travailleur roulant ou naviguant dans le cadre de l’éxécution d’une prestation de services par une entreprise de transport). Traducido: desplazamiento de un trabajador móvil de carretera, o navegante, dentro del marco de la ejecución de la prestación de servicios por una empresa de servicios.
Este es el modelo que deben utilizar las empresas que se dediquen al transporte internacional, y que desplacen temporalmente a un conductor a realizar un servicio allí; modelo CERFA número 15553*01.
Algunas aclaraciones para su confección, trasladadas por CETM:
En el apartado “FRAIS DE VOYAGE, DE NOURRITURE ET, LE CAS ECHEANT, D’HEBERGEMENT ENGAGÉES PAR JOUR DE DÉTACHEMENT” (gastos de viaje, comida, y en su caso alojamiento por día de desplazamiento), señalar (poniendo una X en la casilla que corresponda) si los gastos de viaje, comida, y alojamiento (en su caso), les paga directamente el empresario, o se reembolsan al conductor. En cuanto a la cantidad en euros, de momento, y hasta que las autoridades francesas no lo aclaren, indicar “SEGÚN SERVICIO”.
Respecto a la remuneración mínima que perciba cada conductor, tengan en cuenta que ésta deberá ser la establecida para Francia. Como pueden ver en este cuadro para un conductor de un vehículo pesado de transporte de mercancías ha de ser de 10,00 euros/hora; mientras que para el conductor de un autobús será de 10,1076 euros/hora.
Por los cálculos que hemos hecho con los convenios colectivos vigentes en la provincia de Segovia se alcanzan esos mínimos (el cálculo le hicimos tomando como base unos datos genéricos, cada empresa tendrá sus circunstancias).
En todo caso, como ese será el salario mínimo/hora que el conductor habrá de percibir mientras esté desempeñando sus labores en Francia (salvo que el transporte internacional no esté sujeto, por ejemplo si es un tránsito por ese país), será esa la cuantía económica que deban reflejar en los certificados que expidan y que lleven los conductores a bordo de los vehículos (recordamos que los certificados tienen una validad de seis meses desde su expedición).
Modelo Cerfa nº 15554*01 (modelo 2), descargar aquí.
Attestation de détachement (travail temporaire). Traducido: desplazamiento de un trabajador móvil de carretera, o navegante, por una empresa ejerciendo una actividad de trabajo temporal establecida fuera de Francia.
Modelo Cerfa nº 15552*01 (modelo 3), descargar aquí.
Attestation de détachement (mobilité intragroupe). Traducido: desplazamiento de un trabajador móvil de carretera, o navegante, entre establecimientos de una misma empresa o empresas de un mismo grupo.
CETM ha traducido al español esos modelos, que pueden consultar pinchando en los enlaces siguientes:
Recordamos que como exigencia previa para rellenar al completo los certificados de desplazamiento es tener designado un REPRESENTANTE EN FRANCIA, con quien las autoridades galas se pondrán en contacto en caso de necesidad de información o clarificaciones sobre el cumplimiento de los requisitos del salario mínimo; CETM ha llegado a un acuerdo con un profesional a estos efectos:
Acuerdo de CETM para contratar los servicios de un representante en Francia
A consecuencia de lo anterior, y de cara a facilitar el cumplimiento de la exigencia de designar un Representante en Francia, la CETM ha llegado a un acuerdo con el Letrado hispano-francés Salvador Díaz, habilitado para ofrecer este servicio.
Dada la necesidad de contar de forma permanente con un Representante en Francia y de los requisitos de que éste cumpla con los servicios de control durante los plazos establecidos, la contratación se realizará por periodos anuales prorrogables a su vencimiento.
Para el cálculo de los honorarios anuales, CETM ha tenido en cuenta el siguiente baremo por empresa:
VEHICULOS | CUOTA ANUAL | IVA | Retención IRPF |
A INGRESAR |
De 0-25 | 300 € | 63 € | -45 € | 318 € |
De 26-50 | 400 € | 84 € | -60 € | 424 € |
Más de 50 | 500 € | 105 € | -75 € | 530 € |
Aquellas empresas que deseen acogerse al acuerdo alcanzado entre CETM y el Letrado, deberán seguir este procedimiento:
Darse de alta en la web http://www.cetm.es/servicios/salariominimofrances/1Conexion.asp.
- Una vez que se ha dado de alta, recibirá de CETM un correo electrónico de confirmación (con un código de usuario), y posteriormente otro con el Encargo Profesional, que tendrá que firmar y devolver escaneado junto con el justificante de pago de los honorarios.
- Seguidamente recibirá por correo electrónico el documento acreditativo de la designación del Representante que deberá firmar y devolver a CETM una copia escaneada. La validez de este documento es de 1 año desde la fecha de emisión, prorrogable por periodos anuales.
ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE EL CÁCULO DEL SALARIO MÍNIMO FRANCÉS
Según la Administración francesa prevalece el salario mínimo referido al Convenio de transportes francés sobre el salario mínimo interprofesional, con lo cual a efectos de determinar el salario mínimo habrá que contemplar el grupo en el que en que se encuentra definido en el Convenio francés el conductor desplazado. Tengan en cuenta, para ello, el cuadro con los índices de remuneración horaria vigentes a 1 de julio de 2016 para los trabajadores del transporte por carretera en Francia (para consultarle en español pinche aquí, y para hacerlo en francés pinche aquí).
Con carácter general las empresas que realizan transporte internacional con vehículos articulados de 40 toneladas se deberán regir por el mínimo establecido para el conductor definido en el grupo 7 del Convenio de transporte francés, equivalente a los conductores altamente cualificados de vehículos pesados. Opinamos que en el caso de un transporte internacional de viajeros, el grupo del convenio francés será el 8.
Respecto a cómo se debe computar el salario mínimo a pagar en Francia a los conductores desplazados, en el documento de preguntas frecuentes elaborado por la Administración francesa se plantean las siguientes respuestas:
¿Qué elementos deben tenerse en cuenta para el cálculo del salario mínimo de referencia?
En virtud del artículo 3.1 de la Directiva 96/71/CE, de 16 de diciembre de 1996, el artículo L. 1262-4 del Código de Trabajo establece que los elementos del salario mínimo de referencia aplicable en Francia incluyen:
- Salario mínimo (por hora o mensual).
- Recargos por horas extraordinarias.
- Así como los complementos del salario legalmente o estatutariamente fijados.
Las cantidades se expresan en bruto.
Es importante recordar que el empleado retiene el salario pagado a él bajo la ley aplicable a su contrato de trabajo, cuando es mayor que la referencia salario mínimo.
¿Cuáles son los elementos de la remuneración pagada al empleado por la empresa no establecida en Francia, que se pueden utilizar para verificar el cumplimiento del salario mínimo en Francia?
De conformidad con el 7 del artículo 3 de la Directiva 96/71/CE, de 16 de diciembre de 1996, los elementos que se pueden retener son:
- El salario.
- Cualquier pago de horas extras.
- Cualquier complemento salarial (por ejemplo, la prima de antigüedad).
- Indemnizaciones eventuales relacionadas con el desplazamiento (ejemplo, prima de expatriación).
- Eventuales beneficios en especie.
Estas cantidades se expresan en bruto.
Por otra parte, no se tienen en cuenta las cantidades pagadas en concepto de reembolso de los gastos de viajes, alojamiento o la alimentación, incluso si éstos están presentes en forma de dieta.
De cara a computar horas trabajadas en Francia hay la siguiente aclaración ¿cómo establecer la fecha y hora de entrada y salida del territorio francés?, no hay reglas específicas en el sector del transporte. En general, en caso de sospecha de una reducción del tiempo de trabajo en Francia, la carga de la prueba corresponde a los servicios de control, el empleador puede contestar a las evaluaciones de los controladores por cualquier medio adecuado.
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