CETM Animales Vivos nos traslada la siguiente información, que consideramos de interés para los socios de Asetra dedicado al transporte de animales vivos.
Desde el 15 de junio y hasta el 15 de septiembre, se pone en marcha, un año más, el Plan de control de temperaturas en el transporte de animales vivos en viajes largos por carretera en toda España, a fin de garantizar que se cumplen las condiciones de temperatura durante el transporte que establece el Reglamento 1/2005 para viajes largos por carretera (más de 8 horas) de équidos no registrados, vacuno, ovino, caprino y porcino.
El mencionado reglamento establece que:
- Los vehículos autorizados para viajes de más de 8 horas, deben disponer de sistemas de ventilación mecánica y deben mantener la temperatura en el interior del vehículo entre 0 y 35 ºC en todo momento, independientemente de si el vehículo está detenido o en movimiento. Además deben disponer de un sistema de registro de la temperatura, para cada piso del vehículo y que registre las condiciones más desfavorables al menos cada media hora.
- En el caso de vehículos autorizados para viajes de 8 a 12 horas, y viajes de menos de 8 horas, no están obligados a disponer de ventilación mecánica y registro de temperatura, pero sí deben planificar el viaje de forma que sea lo más corto posible y se evite el sufrimiento de los animales, lo que incluye el estrés térmico.
Durante el período de vigencia del Plan de control de temperaturas, en el caso de viajes largos por carretera (más de 8 horas) de las especies bovina, ovino-cabrino, porcino y équidos no registrados con destino al comercio intracomunitario o comercio exterior (incluidos los viajes al puerto de Cartagena), y viajes a Canarias (combinados carretera-ferry), el organizador debe tener en cuenta lo siguiente:
Documentación necesaria para la aprobación del Cuaderno de a bordo, hoja de ruta o el Cuaderno de a bordo integrado
En caso de que el trayecto por carretera supere las 8 horas, el organizador deberá presentar en la oficina comarcal de origen (donde se realiza la primera carga de animales si hay más de una) la Declaración responsable (A0285.4-DO3 en catalán o A0285.4-DO50 en castellano) conforme se compromete a:
- Comprobar la previsión meteorológica dentro de los 3 días anteriores al inicio del viaje para asegurar que no se superan en ningún momento los 35ºC.
- Reducir la densidad un 15% siempre que la previsión meteorológica supere los 30ºC y en todos los viajes a Canarias.
- Devolver en el plazo de 1 mes desde la finalización del viaje la copia del CAB/CABI (si es un viaje a otro país), los registros del Sistema de navegación por satélite y los Registros de control de temperatura (excepto vehículos autorizados hasta 12 horas si no disponen de estos registros).
La previsión de temperaturas en ruta puede comprobarse mediante la aplicación Morecast. Para que la autoridad competente apruebe la planificación en ningún momento del recorrido, las temperaturas pueden superar los 35ºC .
Documentación a retornar a la Oficina Comarcal
En el plazo de un mes después de la finalización del viaje, el organizador debe devolver a la oficina comarcal de origen, la copia de la hoja de ruta, así como los registros del sistema de navegación por satélite y los registros de temperatura correspondientes para que los servicios veterinarios oficiales realicen el control retrospectivo correspondiente. La falta de retorno de esta documentación, así como los incumplimientos detectados a raíz del control retrospectivo, son susceptibles de incoación de un procedimiento sancionador.
En el caso de viajes de menos de 8 horas y viajes de 8 a 12 horas, las recomendaciones para los transportistas durante épocas de altas temperaturas son las siguientes:
- Evitar las horas de máxima temperatura diurna.
- Aumentar el espacio disponible para los animales, tal y como establece el Reglamento 1/2005.
- Aumentar la circulación del aire permitiendo, cuando sea posible, disponer de más espacio por encima de la cabeza de los animales.
- Llevar en caso necesario cubos móviles para permitir el acceso al agua de los animales.
- En caso de que sea necesario detener el medio de transporte, por descanso de los conductores u otros imprevistos, aparcar siempre en la sombra y perpendicularmente al viento.
En este enlace pueden ver una infografía sobre este particular.
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