Nada más enviar el anterior comunicado (Asetra Informa 79-2025), hemos recibido una ampliación, y aclaración, del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, sobre la resolución para flexibilizar temporalmente los tiempos de conducción y descanso de los conductores de transporte de viajeros y mercancías por carretera y facilitar así el restablecimiento de estos servicios tras el apagón eléctrico vivido ayer en toda la Península Ibérica. En este enlace pueden leer el texto íntegro.

TRANSPORTE DE MERCANCÍAS

Las exenciones son de aplicación desde el lunes 28 de abril hasta el domingo 4 de mayo, ambos incluidos:

  • Se amplía el límite diario de conducción de 9 a 11 horas.
  • Se amplía el límite semanal de conducción de 56 a 60 horas.
  • Se amplía el límite de conducción bisemanal de 90 a 96 horas.
  • Se amplía el límite de conducción ininterrumpida de 4 horas y media a 5 horas.
  • Se reducen los requisitos del descanso diario de 11 a 9 horas.
  • Se ofrece la posibilidad de tomar dos descansos semanales reducidos consecutivos de al menos 24 horas, siempre que se tome la compensación de los mismos unida al siguiente descanso semanal normal; o la posibilidad de posponer el inicio del período de descanso semanal más allá de seis jornadas de 24 horas.

TRANSPORTE DE VIAJEROS

Las exenciones se aplican desde el lunes 28 de abril hasta el miércoles 30 de abril, ambos incluidos, con las siguientes medidas:

  • Se amplía el límite diario de conducción de 9 a 11 horas.
  • Se amplía el límite de conducción ininterrumpida de 4 horas y media a 5 horas.
  • Se reducen los requisitos del descanso diario de 11 a 9 horas.