La Dirección General de Transporte Terrestre exceptuará a partir del próximo 29 de marzo y hasta el 12 de abril, ambos incluidos, y aunque esta vigencia puede ser prorrogada, del cumplimiento de los siguientes aspectos relacionados con las normas de tiempos de conducción y descanso que rigen las operaciones de transporte de mercancías por carretera, de acuerdo con lo que establece la Resolución de 26 de marzo de 2020, de la Dirección General de Transporte Terrestre, por la que se exceptúa temporalmente el cumplimiento de las normas de tiempos de conducción y descanso en los transportes de mercancías.
Las excepciones afectan a los siguientes artículos del Reglamento CE 561/2006:
ARTÍCULO 6.1
Se podrá extender la duración del periodo de conducción diario, que como norma general antes de esta excepción no era superior a nueve horas diarias ampliables hasta 10 horas no más de dos veces durante la semana, por lo tanto, EL PERIODO DE CONDUCCIÓN PODRÁ SER SUPERIOR A 10 HORAS TODOS LOS DÍAS DE LA SEMANA SIEMPRE Y CUANDO SE CUMPLAN LAS PAUSAS Y LOS DESCANSOS DIARIOS Y SEMANALES.
ARTÍCULO 8.6
En el periodo de dos semanas consecutivas podrán realizarse dos descansos reducidos de al menos 24 horas, sin necesidad de compensar esa minoración de los descansos semanales reducidos realizados.
Este aspecto ha sido aclarado por el Ministerio de Fomento, y en este sentido ha indicado que la excepción al artículo 8.6 del Reglamento CE 561/2006 ha de interpretarse como LA POSIBILIDAD DE HACER TODOS LOS DESCANSOS SEMANALES DE 24 HORAS, SIN NECESIDAD DE COMPENSAR NINGUNO DE ELLOS.
ARTÍCULO 8.8
Se permite al conductor REALIZAR EL DESCANSO SEMANAL NORMAL (de mínimo 45 horas) y no solo el reducido, EN LA CABINA DEL VEHÍCULO CUANDO ESTA VAYA ADECUADAMENTE EQUIPADA.
Estas excepciones, que solo serán de aplicación a los conductores que REALICEN OPERACIONES DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS EN EL TERRITORIO NACIONAL, dan cumplimiento a una de las reclamaciones planteadas al Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana por la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM), desde el comienzo de la declaración del Estado de Alarma, y ponen de manifiesto, una vez más, el papel estratégico que juega el sector del transporte de mercancías por carretera para evitar que se produzcan desabastecimientos mientras dura esta crisis.
27/03/2020
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