Según informan diversos medios especializados en el sector del transporte (por ejemplo Transporte Profesional), el Gobierno de España tiene previsto prorrogar un año más el régimen transitorio que se aprobó en 2016 para que los autónomos puedan acogerse al régimen de módulos sobre la base de su facturación total en el año anterior, aplazando la reforma del régimen fiscal para los autónomos que tenía previsto poner en marcha el próximo año.

Así, en 2022 podrán seguir acogidos al régimen de módulos los autónomos que en este año 2021 su facturación anual no supere los 250.000 euros, que se reduce a 125.000 euros cuando su facturación se realice en más de un 50% a empresas o profesionales, como es el caso de los autónomos que trabajan en el transporte de mercancías por carretera.

Pese a que se preveía que dicho régimen transitorio durara sólo dos años, estableciendo que a partir de dicho plazo se reduciría el límite para poder acogerse a la tributación por módulos, en la práctica no ha llegado nunca a entrar en vigor por las sucesivas prórrogas que se han ido aprobando, al ser ésta la sexta que se prorroga.

Para permitir que se aplique la nueva prórroga para 2022 del actual límite de facturación anual para acogerse al régimen de módulos, el Gobierno ha acordado introducirlo en la Ley de Presupuestos Generales para 2022 que aprobó en Consejo de Ministros y que entrará en el Congreso de los Diputados esta semana para su tramitación. Sin embargo, su aprobación final dependerá de que el Gobierno cuente con la mayoría suficiente para sacar adelante los Presupuestos Generales para el próximo año.

Los transportistas de distribución, los más perjudicados

Además, el Gobierno ha descartado introducir en la Ley de Presupuestos el denominado “dieselazo”, es decir, la subida del impuesto al diésel propuesta por el Gobierno el pasado año para ir equiparándolo a la fiscalidad que soporta la gasolina, y que contó con el rechazo de otros grupos parlamentarios, por lo que no salió adelante. Hay que tener en cuenta que dicha subida afectaría a los transportistas titulares de vehículos de menor tonelaje, al no poder acogerse al régimen de devolución parcial del impuesto a través de la figura del gasóleo profesional, y que suponen casi una tercera parte de la flota de camiones que operan en España.