En el BOE del 8 de noviembre se publicó el Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículo, que entrará en vigor el 20 de mayo de 2018.
Este Real Decreto tiene como objetivo la transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva 2014/45/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, relativa a las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos de motor y de sus remolques, y por la que se deroga la Directiva 2009/40/CE. La mencionada Directiva actualiza los requisitos técnicos y amplía el ámbito de aplicación para incluir, en particular, disposiciones relativas al establecimiento de centros de inspección técnica y de sus órganos de supervisión, así como la designación de inspectores a quienes se encomendará la realización de las inspecciones técnicas. Además, la Directiva establece que los Estados miembros deben estar en condiciones de permitir los sistemas de diagnóstico a bordo (DAB) como Método de inspección para el control de emisiones, teniendo en cuenta la legislación pertinente en materia de homologación.
La Dirección General de Tráfico ha publicado una interesante información al respecto:
- Si el resultado de la ITV del vehículo es desfavorable o negativo, el usuario podrá elegir entre presentarse a la nueva inspección en la misma ITV o cambiar de estación. El texto ofrece más flexibilidad al usuario, al no obligarle a repetir la inspección en el mismo centro donde resultó desfavorable o negativa, ya que posibilita que el cliente elija otra estación. Esta segunda inspección seguirá siendo gratuita, independientemente de la estación elegida.
- También, se aclara el sistema para establecer la fecha obligatoria de la siguiente revisión periódica. A partir de ahora, si el vehículo pasa la inspección por adelantado no se modificará la fecha prevista para la siguiente, siempre que este adelanto no supere el mes. Un ejemplo, si tu fecha de ITV fuera un 23 de octubre, y la pasas un 17 de octubre; en el caso de que se adelantará el paso por la ITV más de un mes, la fecha de la siguiente inspección sería de un año natural a contar desde la fecha de esa inspección.
- Además, se obliga a las estaciones ITV a disponer de nuevas herramientas de diagnóstico electrónico que se conecten con los ordenadores de a bordo de los vehículos. Lo que supone un primer paso hacia la inspección de los sistemas de seguridad electrónicos y la mejora del control de las emisiones, puesto que podrá detectar cualquier manipulación o anulación de dichos sistemas. Asimismo, se actualizan los requisitos de cualificación del personal e incorpora la formación a distancia. Para los inspectores se exige por primera vez la titulación de Técnico Superior de Automoción, como nivel mínimo.
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