Desde CETM nos indican que, ante las dudas que han surgido sobre el sistema que va implantar el Reino Unido a partir del 1 de enero de 2022 como consecuencia del registro en el Goods Vehicle Movement Service (GVMS) del Reino Unido (más información aquí), parece conveniente enviar este comunicado, con la pretensión de que sirva de ayuda a los interesados.
Los problemas vienen porque al intentar realizar el registro en el GVMS en este se exige que la empresa cuente con un número EORI del Reino Unido, cosa que no se suele tener. Ante este problema desde la confederación se ha contactado con la IRU para que nos resolvieran la duda de sí las empresas de transporte de mercancías debían de obtener ese número, aun no teniendo base en el Reino Unido.
La respuesta de la IRU es la siguiente:
“Cualquier transportista (ya sea un conductor independiente, una empresa que subcontrata la recogida de la mercancía en nombre de otra empresa, un negocio logístico contratado para el transporte de mercancías, un negocio minorista que declara y transporta en mercancía propia…) que mueva la mercancía en el Reino Unido tendrá que registrarse en el GVMS, desde ahora, ya que será obligatorio para el territorio británico a partir del 1 de enero de 2022. Para acceder al GVMS, sí, se necesitará absolutamente un EORI de RU. Es necesario tenerlo además del EORI de la UE.”
Por lo tanto, es completamente necesario el obtener el número EORI del Reino Unido para registrarse en el GVMS, y se puede hacer en este enlace.
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