
El plazo para solicitar las ayudas para vehículos no beneficiarios del gasóleo profesional, incluidas en el segundo tramo de medidas del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, aprobado mediante el Real Decreto-ley 18/2026, finaliza el próximo viernes 30 de octubre.
Pueden beneficiarse de estas ayudas los trabajadores autónomos y sociedades con personalidad jurídica legalmente constituidas en España a la fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley que sean titulares de una autorización de transporte de cualquiera de las clases VDE, VT, VTC, VSE, MDLE, y MDPE atendiendo al número y tipología de vehículo adscritos a la autorización y se encuentren de alta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte.
Recordamos que estas ayudas son para los vehículos que no pueden ser beneficiarios de la devolución del gasóleo profesional.
Tercer tramo de ayudas
Mediante el Real Decreto-ley 25/2026 se prorrogaron las ayudas directas para vehículos que no pueden ser beneficiarios del gasóleo profesional. Los titulares vehículos dados de alta en el censo de beneficiarios no tienen que realizar ningún trámite.
Cabe recordar que el plazo para realizar la solicitud comenzará el 1 de noviembre y terminará el 31 de diciembre y, al igual que en las ocasiones anteriores, el trámite deberá realizarse a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/DJ36.shtml
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