
Transporte de mercancías (+7.500 kg MMA/MMC):
- Prohibición de circulación en días, horas y tramos del Anexo II.
- Exentos: ganado vivo; mercancías perecederas (ATP, frutas y verduras ?50% carga); Correos (L–V); fundentes invernales; auxilio en carretera.
Mercancías peligrosas (ADR):
- Restricciones según Anexo V para vehículos con paneles naranjas.
- Uso obligatorio de la RIMP en transporte de larga distancia.
- Exentos: exenciones ADR y reparto/distribución final.
- Novedad 2026: ampliación de la RIMP (A-21, A-22, A-8/A-67, A-68/Z-40, A-54).
Vehículos y transportes especiales:
- Restricciones según Anexos II y V.
- Exentos: emergencias, incendios, mantenimiento de carreteras, auxilio en carretera y cierta maquinaria sin autorización complementaria.
Medidas especiales:
- Meteorología adversa: obligación de circular por carril derecho y prohibición de adelantamientos.
- Restricciones temporales en tramos de alta siniestralidad (Anexo VII).
- Posible prohibición de adelantamientos a vehículos >7.500 kg en fechas concretas.
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