El Consejo de Gobierno de Castilla y León, en reunión celebrada ayer por la tarde, acordó modificar el toque de queda en nuestra Comunidad, a la vista de las medidas cautelares adoptadas por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo al respecto: será a partir de hoy desde las 22.00 hasta las 6.00 horas. En este enlace pueden leer la nota de prensa del citado órgano de gobierno autonómico.

Así las cosas el BOCYL de hoy ha publicado el ACUERDO 6/2021, de 16 de febrero, del Presidente de la Junta de Castilla y León, como autoridad competente delegada dispuesta por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por la SARS-CoV-2, por el que se determina la hora de comienzo de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno y se suspenden los efectos de los apartados 1 y 3 del Acuerdo 2/2021, de 15 de enero, del Presidente de la Junta de Castilla y León.

En el mismo se fija, para todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León como hora de comienzo de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno las 22.00 horas, de acuerdo con el artículo 5.2 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por la SARS-CoV-2. Durante las horas comprendidas entre dicha hora de comienzo de la limitación de la libertad de circulación y la hora de su finalización, las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las actividades previstas en el artículo 5.1 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma.

En relación con lo anterior en boletín de la Comunidad de hoy también ha publicado el ACUERDO 17/2021, de 16 de febrero, de la Junta de Castilla y León, por el que se adopta la medida sanitaria preventiva de carácter excepcional de limitación horaria de establecimientos, actividades y servicios, para la contención de la COVID-19 en todo el territorio de la Comunidad de Castilla y León, por el que se establece como horario máximo de apertura hasta las 20.00 horas, para todos los establecimientos, actividades y servicios regulados en el Anexo del Acuerdo 76/2020, de 3 de noviembre, cuya actividad esté permitida.

Se exceptúan de ese horario máximo de apertura las actividades que se señalan:

  1. Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
  2. Los centros, servicios y establecimientos sanitarios; los centros o clínicas veterinarias; los centros, servicios y establecimientos de servicios sociales cuya actividad no esté suspendida y servicios de naturaleza análoga.
  3. Los establecimientos dedicados a la venta de combustible para la automoción y calefacción.
  4. Los servicios de alquiler de vehículos y estaciones de inspección técnica de vehículos.
  5. Los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.
  6. Los velatorios.
  7. La práctica de la actividad deportiva permitida, así como aquellas actividades deportivas individuales al aire libre.
  8. Los servicios profesionales, de seguros, y de empleados de hogar.
  9. Los servicios de transporte, tanto de personas como de mercancías, así como todos aquellos establecimientos, actividades y servicios que deban asegurar el mantenimiento de los mismos.
  10. Los centros docentes que imparten las enseñanzas del artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, que tendrán el horario establecido por la Consejería de Educación.
  11. Las Universidades, de acuerdo con su protocolo.
  12. Entidades de Formación acreditadas y/o inscritas en alguno de los registros coordinados con el Registro Estatal de Entidades de Formación del Sistema de Formación profesional para el empleo.
  13. Escuelas Municipales de música y danza.
  14. Las actividades de restauración permitidas, excepto el consumo en terrazas.

Sus efectos irán desde las 20.00 horas de hoy, 17 de febrero, hasta las 23.59 horas del próximo 23 del mes en que estamos.