A lo largo del año 2018 las empresas titulares de autorizaciones de transporte de mercancías (y operadores de transporte), tienen que realizar obligatoriamente el visado de éstas. El calendario es el siguiente:
Número en el que termina el CIF o el NIF | Mes en el que se debe solicitar el visado | Mes hasta el que es válida la autorización |
1 | Enero | Febrero |
2 | Febrero | Marzo |
3 | Marzo | Abril |
4 | Abril | Mayo |
5 | Mayo | Junio |
6 | Junio | Julio |
7 | Julio | Septiembre |
8 | Septiembre | Octubre |
9 | Octubre | Noviembre |
0 | Noviembre | Enero |
Desde Asetra, y como en otras ocasiones, remitiremos a los socios que tienen que visar la autorización, antes de que llegue el mes en que debe realizarse, una carta recordándoselo, y ofreciéndonos a hacer el trámite correspondiente, del que somos especialistas.
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