En la página web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana se ha publicado un video explicativo del uso y control de los documentos de control electrónico en carretera para conocimiento y difusión del mismo.

Recordamos que el artículo 222 del ROTT, dispone que la documentación de control exigida podrá ser cumplimentada por medios electrónicos cuando los soportes y aplicaciones utilizadas para ello permitan transformar su contenido en signos de escritura legibles y reúnan las características que se encuentren señaladas por la Dirección General de Transporte Terrestre a efectos de garantizar la disponibilidad, integridad, inalterabilidad e inviolabilidad de su contenido.

Además, la Resolución de 13 de febrero de 2020 de la Dirección General de Transporte Terrestre establece las características que deben tener los documentos de control administrativo en soporte electrónico exigidos en los transportes por carretera.