El Consejo de Ministros del 23 de junio, aprobó una actualización del Reglamento General de Circulación que introduce nuevas obligaciones para conductores de vehículos de movilidad personal (VMP), ciclistas y motoristas, además de modificar diversas normas de circulación en vías urbanas e interurbanas. La reforma entrará en vigor, con carácter general, el 1 de octubre de 2026.

Ese cambio del Reglamento se publicó en el BOE el viernes 26 de junio, a través del Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, en materia de protección a usuarios vulnerables de la vía.

Más seguridad para VMP, ciclistas y motoristas

La modificación del Reglamento responde al cambio experimentado en la movilidad durante las dos últimas décadas, poniendo el foco en la protección de los usuarios vulnerables de la vía, entre los que se incluyen peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de patinetes eléctricos.

Entre las principales novedades destaca que la edad mínima para conducir un vehículo de movilidad personal será de 15 años. Además, será obligatorio el uso del casco y del chaleco reflectante durante la noche o en condiciones de baja visibilidad, mientras que los profesionales que utilicen estos vehículos, como los repartidores, deberán llevar el chaleco en todo momento.

En el caso de los ciclistas, desaparecen las excepciones al uso del casco en vías interurbanas y se refuerzan las medidas para garantizar adelantamientos más seguros, obligando a los vehículos a reducir al menos 20 km/h su velocidad respecto al límite establecido y, cuando existan varios carriles por sentido, a cambiar completamente de carril.

Nuevas obligaciones para motociclistas

Los conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores deberán utilizar guantes de protección homologados en vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier tipo de vía. Asimismo, los cascos deberán estar homologados y no únicamente certificados.

La reforma también permite que las motocicletas puedan circular por el arcén derecho en situaciones de congestión, siempre que exista señalización específica y no se superen los 30 km/h.

Cambios para todos los conductores

El nuevo reglamento elimina las exenciones al uso del cinturón de seguridad para conductores de taxis, vehículos de mercancías y de autoescuelas.

También regula la creación del carril de emergencia en retenciones y establece que, cuando la circulación se vea afectada por la nieve en autopistas y autovías, estará prohibido adelantar y todos los vehículos deberán circular por el carril derecho, dejando libre el izquierdo para los servicios de emergencia y las máquinas quitanieves.

La mayor parte de las medidas entrarán en vigor el 1 de octubre de 2026, aunque algunas, como la obligación de alumbrado permanente en los VMP y el uso de cascos homologados para motociclistas, se aplicarán a partir del 1 de octubre de 2027.