El BOCYL de hoy ha publicado la Ley 2/2022, de 1 de diciembre, de rebajas tributarias en la Comunidad de Castilla y León, que introduce modificaciones en diversos aspectos, y en lo que afecta al sector en lo referido al pago de tasas en Transportes.

A partir de mañana, día 13/12/2022 y durante un plazo inicial de 3 meses, no se debe abonar tasa por ninguna solicitud de transporte, en materias competencia de la Junta de Castilla y León, reguladas en el capítulo IX de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León (autorizaciones de transportes, etc.). Las materias a las que alcanza esta bonificación del 100% son las siguientes:

  • Autorizaciones de transporte: por cada otorgamiento, visado, rehabilitación o renovación, copia certificada (salvo la primera) o duplicado.
  • Registro General de Cooperativas de Transportistas y Sociedades de Comercialización.
  • Competencia profesional para el ejercicio de las actividades de transporte público por carretera o auxiliares y complementarias y para el ejercicio de las actividades de Consejero de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera o ferrocarril (también todo tipo de tasas en materia CAP).
  • Concesión de servicios públicos de transportes regulares de viajeros de uso general.
  • Por la expedición de certificaciones sobre datos contenidos en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte.
  • Por la expedición de tarjeta tacógrafo digital.