Ponemos en conocimiento de los afiliados a Asetra que el Tribunal Supremo en su Sentencia 760/2021, se ha pronunciado al respecto de si cabe ejercitar la acción directa contra el cargador principal cuando el intermediario se ha declarado en concurso. Se puede descargar la sentencia en este enlace a la página web de la asociación.

El debate surge en si la demanda de acción directa presentada por el transportista efectivo debe ser admitida, al estar su relación con el cargador principal subsumida por el contrato celebrado con el intermediario que sea declarado en concurso de acreedores.

Entiende el Tribunal Supremo que la acción directa no se ve afectada por el concurso de acreedores del intermediario, pues el cargador principal resulta directamente obligado al pago por mandato legal y no contractual. De esta manera prevaleciendo lo dispuesto en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 9/2013.

La Sentencia concluye que el concurso de acreedores del intermediario no se ve afectado por el ejercicio de la acción directa por parte del transportista efectivo, pues éste opta por reclamar al cargador principal y no al intermediario, actuando el primero como garante ex lege de la deuda.