Quanto Costa un Trasloco Internazionale? - Come Risparmiare

Desde CETM informan que la Comisión Europea ha actualizado su página de preguntas y respuestas sobre el regreso al estado de establecimiento cada 8 semanas del vehículo, obligación presente en el artículo 5.1. b) del Reglamento 1071/2009, que indica: “organizar la actividad de su flota de vehículos de tal forma que se garantice que los vehículos que están a disposición de la empresa y son utilizados en el transporte internacional regresan a uno de los centros de operaciones en dicho Estado miembro al menos en un plazo de ocho semanas desde que salió de él”.

La versión accesible -en el momento de realizar este comunicado- está en inglés, pero la confederación ha confeccionado una circular, traducida al español, y que pueden consultar en este enlace a la página web de Asetra.

En la misma se aclaran estas cuestiones:

  • Vehículos afectados por esta norma.
  • Dónde debe regresar el vehículo.
  • Durante cuánto tiempo debe volver el vehículo.
  • Cómo debe ser ese regreso.
  • Cómo se calcula el plazo de esas ocho semanas.
  • Cómo se tienen en cuenta los días festivos, y los fines de semana, en el cálculo del periodo de ocho semanas.
  • Cómo debe demostrar la empresa de transporte que ha cumplido la obligación.
  • Si se pueden utilizar los datos que proporciona el tacógrafo como prueba.
  • Cooperación entre los Estados miembros.