Desde la IRU nos informan de que ya se ha hecho público por parte de la Comisión Europea el documento por el cual dan aclaraciones sobre la aplicación del retorno del vehículo cada 8 semanas al Estado miembro de establecimiento de la empresa, que está presente en el artículo 5.1 del Reglamento 1071/2009 (ver la noticia que publicamos en la página web de Asetra hace unos días).
Este documento se ha plasmado en una página web de preguntas y respuestas de la Comisión Europea que podéis acceder desde este enlace.
Como se puede observar, la página y su contenido se encuentran actualmente en inglés, y lo expuesto en ella se encuentra durante tres semanas, a contar desde el 7 de junio, abierto a cualquier tipo de comentario y por lo tanto a alguna posible variación del contenido.
Si quiere hacer algún tipo de comentario al respecto del contenido que hay expuesto, o si hace falta añadir alguna otra aclaración, pueden hacérnoslo llegar para que desde la CETM lo comuniquen. En este enlace se puede leer la circular que al respecto ha preparado nuestra confederación.
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