Como venimos informando en anteriores comunicados (ver aquí la noticia publicada en nuestra página web), los conductores de vehículos equipados con tacógrafo -analógico o digital- están obligados a registrar el cruce de fronteras entre Estados miembros de la Unión Europea desde el pasado 2 de febrero.

Para aclarar cuestiones relativas al registro en tacógrafo del cruce de fronteras, la Subdirección General de Inspección del Transporte Terrestre del MITMA ha enviado al CNTC un documento (que pueden consultar en este enlace), del que extractamos:

ANEXO 1

Traducción no oficial de la “Nota orientativa sobre el registro de cruces de fronteras en tacógrafos analógicos” que la Comisión Europea está elaborando con el objetivo de indicar el método a seguir para anotar manualmente el cruce de fronteras en el disco diagrama del tacógrafo analógico. Cabe destacar que esta Nota no ha sido aún publicada, y puede tener algún cambio menor, pero la Subdirección ha considerado conveniente adelantar la difusión de la misma por considerarla de gran ayuda para los conductores que realizan operaciones de transporte entre Estados miembros de la UE.

ANEXO 2

A la espera de que la Comisión Europea elabore una guía para el registro de los pasos por frontera en tacógrafos digitales, la Subdirección ha elaborado unas breves instrucciones para clarificar cómo hacer esos registros en tacógrafo digital. No obstante, la Subdirección señala que la metodología descrita puede diferir de la interpretación que puedan tener en otros Estados de la UE.

Conviene que lean el documento citado, y den difusión del mismo entre sus conductores.